Contraloría - Dictamen N° 70471 2011

Dictamen Contraloría: Remuneraciones de pensionados de Carabineros en licencia médica

Abstracto

La Contraloría General determina que funcionarios de Carabineros pensionados y regidos por el Código del Trabajo deben percibir la totalidad de sus remuneraciones durante licencias médicas, aplicando jurisprudencia administrativa.

Resumen

  • La Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile consultó si es procedente que sus empleados, regidos por el Código del Trabajo y pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros, reciban solo las remuneraciones no imponibles durante licencias médicas.
  • El artículo 18 del decreto ley N° 3.529, de 1980, establece que los servidores del Estado regidos por el Código del Trabajo, acogidos a licencia por enfermedad común, tienen derecho a percibir las remuneraciones no imponibles que les correspondan, pagadas por la entidad empleadora.
  • La jurisprudencia administrativa de la Contraloría General, contenida entre otros en el dictamen N° 57.335, de 2006, ha informado que la finalidad del artículo 18 del DL 3.529 es mantener el goce total de los estipendios de los funcionarios afectos a...

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