Contraloría - Dictamen N° 73244 2011

Permisos laborales de concejales para asistencia a sesiones del concejo

Abstracto

Este dictamen de la Contraloría General establece que los concejales, que también son funcionarios públicos, tienen derecho a permisos laborales pagados para asistir a sesiones del concejo, pero no a sesiones de comisión, según el artículo 90 de la ley municipal.

Resumen

  • Los concejales que, a la vez, son funcionarios públicos, tienen derecho a que sus empleadores les concedan los permisos necesarios para ausentarse de sus labores habituales.
  • El tiempo que abarquen los permisos para asistir a las sesiones del concejo se entenderá trabajado para todos los efectos legales.
  • El fundamento para la concesión de estos permisos es el artículo 90 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
  • La norma establecida en el artículo 90 de la Ley N° 18.695 se aplica específicamente para la asistencia a las 'sesiones de concejo'.
  • Los permisos regulados por el artículo 90 no se extienden a la asistencia a las 'sesiones de comisión'.
  • La distinción literal del legislador entre 'sesiones de concejo' y 'sesiones de comisión' en la norma, indica que...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora