Contraloría - Dictamen N° 74853 2011
Derecho de funcionario público a asistir a audiencias del proceso penal
Abstracto
La Contraloría General establece que los funcionarios públicos tienen derecho a asistir a audiencias del proceso penal, debiendo la Administración otorgar los permisos necesarios, distinguiendo si la citación es por asunto personal o atañe a la función pública.
Resumen
- Un funcionario público solicitó orientación sobre la asistencia a audiencias de proceso penal en otra ciudad, habiendo agotado sus permisos administrativos y requiriendo información sobre permisos adicionales.
- El servicio público empleador, en este caso la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, está sometido al control de legalidad de los actos que emite.
- El artículo 33 del Código Procesal Penal regula la notificación de citaciones a audiencias, especificando la información que debe entregarse y las consecuencias de la incomparecencia injustificada, como la conducción por la fuerza pública, el pago de costas y la imposición de sanciones.
- La naturaleza del proceso penal, regido por los principios de oralidad e inmediatez, requiere la presencia de las personas citada...
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