Contraloría - Dictamen N° 1183 2012
Interpretación límite deducciones voluntarias remuneraciones funcionarios municipales
Abstracto
Este dictamen interpreta el límite del 15% para deducciones voluntarias de remuneraciones municipales según la ley 18.883, diferenciando el tratamiento si existe o no un servicio de bienestar en la municipalidad.
Resumen
- La Municipalidad de Cerrillos consulta sobre la interpretación del artículo 95 de la ley N° 18.883, referente a las deducciones voluntarias de remuneraciones de sus funcionarios y los límites aplicables, a la luz de la jurisprudencia administrativa.
- El artículo 95 de la ley N° 18.883 establece la prohibición de deducir de las remuneraciones de los funcionarios municipales sumas distintas a impuestos, cotizaciones de seguridad social y otras legalmente establecidas.
- El inciso segundo del artículo 95 de la ley N° 18.883 faculta al alcalde para autorizar, a petición escrita del funcionario, deducciones voluntarias de hasta el 15% de la remuneración para fines de cualquier naturaleza.
- El límite general del 15% para deducciones voluntarias se reduce por el monto de las deducciones orden...
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