Contraloría - Dictamen N° 2273 2012

Dictamen: Criterios sobre fecha de vacancia por renuncia y ascensos

Abstracto

La Contraloría aclara que la renuncia surte efectos al día siguiente de la fecha fijada, generando vacancia y permitiendo ascensos, y que la inhabilidad por multa disciplinaria no aplica si la sanción fue anterior a los 12 meses previos a la vacancia.

Resumen

  • La renuncia voluntaria de un funcionario público es el acto por el cual manifiesta al alcalde su voluntad de cesar en su cargo, conforme al artículo 145 de la Ley N° 18.883.
  • Los efectos jurídicos de la renuncia voluntaria se producen a partir de la fecha establecida en el decreto de aceptación de la misma.
  • La jurisprudencia administrativa ha establecido que la renuncia voluntaria produce efectos efectivos a contar de la medianoche del día anterior a la fecha fijada por el funcionario para su dimisión.
  • La vacancia de un cargo ocurre el día de la fecha fijada para la dimisión del funcionario, tras la aceptación de su renuncia por parte de la autoridad competente.
  • Los ascensos laborales concedidos a funcionarios retrotraen sus efectos a la fecha en que se produjo la vacancia del car...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora