Contraloría - Dictamen N° 232 2012

Dictamen: Pago de Horas Extraordinarias y Bonos por Turno en el Ejército

Abstracto

El pago de horas extraordinarias y bonos por turno del personal a jornal del Ejército requiere desempeño efectivo. La disminución de remuneraciones al cesar estos pagos sin prestación de servicios se ajusta a derecho. Se abordan también accidentes laborales.

Resumen

  • La Contraloría General de la República confirma que la disminución en remuneraciones por cese de pago de horas extraordinarias y bonificación por turno es ajustada a derecho si no se prestaron efectivamente los servicios.
  • El artículo 141 del DFL N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, faculta a los Comandantes de unidades y jefes de repartición para disponer trabajos extraordinarios para el personal a jornal, hasta un máximo de dos horas diarias, pagaderas según corresponda.
  • El artículo 32 del decreto N° 587, de 1972, de la Secretaría de Estado de Defensa Nacional, otorga una bonificación diaria al personal a jornal que trabaje en turnos de 16:00 a 24:00 hrs. (10%) y de 00:00 a 08:00 hrs. (20%), sobre los estipendios correspond...

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