Contraloría - Dictamen N° 3711 2012

Dictamen sobre remuneraciones de asistentes de la educación municipal

Abstracto

Este dictamen aclara que las remuneraciones de asistentes de la educación municipal se rigen por el Código del Trabajo, no por la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, con salvedades para asignaciones previas a abril de 2009.

Resumen

  • Una asistente de la educación de la Municipalidad de Santiago solicitó a la Contraloría General aclarar su situación remuneratoria.
  • La funcionaria sostenía que su carrera y remuneración se regían por la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
  • El artículo 3° de la Ley N° 18.883 establece que el personal municipal de servicios traspasados, incluyendo funciones educativas, se rige por el Código del Trabajo.
  • El artículo 4° de la Ley N° 19.464 ordena que el personal asistente de la educación en planteles municipales se rige por el Código del Trabajo.
  • Se exceptúa de la aplicación general del Código del Trabajo a los asistentes de la educación en materias de permisos y licencias médicas, regidas por la Ley N° 18.883.
  • La Contraloría General determinó que la relación ...

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