Contraloría - Dictamen N° 5983 2012
Dictamen sobre asistencia de Cuerpos de Bomberos a eventos pirotécnicos
Abstracto
Analiza la obligación de los Cuerpos de Bomberos de asistir a eventos pirotécnicos, clasificándolos como servicios de utilidad pública y detallando el marco legal para su participación y la coordinación con autoridades fiscalizadoras y regionales.
Resumen
- Los Cuerpos de Bomberos son considerados servicios de utilidad pública, estando obligados a asistir a espectáculos pirotécnicos, salvo causa legal justificada.
- La asistencia de los Cuerpos de Bomberos a eventos pirotécnicos se fundamenta en su rol inherente al sistema de protección civil y seguridad ciudadana, y en los recursos públicos asignados para su funcionamiento.
- El Intendente Regional, como representante del Presidente de la República, tiene la atribución de velar por la tranquilidad, el orden público y la seguridad de personas y bienes en la región, adoptando medidas preventivas.
- Los fuegos artificiales y artefactos pirotécnicos están sujetos al control del Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Dirección General de Movilización Nacional, conforme a la Ley N° 17.79...
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