Contraloría - Dictamen N° 7426 2012

Dictamen sobre caución de fidelidad funcionaria para jefes de centros jurídicos sociales

Abstracto

La Contraloría General determina que los jefes de centros jurídicos sociales deben rendir caución de fidelidad funcionaria por administrar fondos estatales, conforme al artículo 68 de la Ley N° 10.336.

Resumen

  • Se requiere pronunciamiento de la Contraloría General sobre la legalidad de la exigencia a jefes de centros jurídicos sociales de la Corporación de Asistencia Judicial de rendir caución de fidelidad funcionaria.
  • El artículo 68 de la Ley N° 10.336 establece que todo funcionario a cargo de la recaudación, administración o custodia de fondos o bienes del Estado, de cualquier naturaleza, deberá rendir caución para asegurar el correcto cumplimiento de sus deberes y obligaciones.
  • Los servidores que administran 'cantidades en dinero efectivo' para financiar gastos de las unidades que dirigen se encuentran dentro de la hipótesis contemplada en el artículo 68 de la Ley N° 10.336.
  • Por consiguiente, los funcionarios de la Corporación de Asistencia Judicial que administran fondos se encuentran...

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