Contraloría - Dictamen N° 9523 2012
Devolución de montepío percibido indebidamente: aplicación de matrimonio y prescripción
Abstracto
La Contraloría determina que beneficiaria debe devolver sumas de montepío recibidas erróneamente tras contraer matrimonio, aplicando la prescripción de cinco años a los pagos adeudados.
Resumen
- Doña Gladys Luz Ortíz Echeverría reclamó ante la Contraloría General la orden de devolver sumas percibidas por concepto de montepío.
- La Caja de Previsión de la Defensa Nacional determinó que la interesada no cumplía los requisitos para la jubilación concedida en 1997, suspendió su pago y generó una deuda por montepío erróneamente percibido.
- Se generó una deuda de $10.228.350.- por el cobro del montepío, aplicando la prescripción general del artículo 2.515 del Código Civil.
- La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas indicó que la recurrente estaba casada a la época de la delación del beneficio previsional, por lo que no correspondía que percibiera la pensión.
- El artículo 202 del D.F.L. N° 1, de 1968 (Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas), vigente según D.F.L. N° 1, de 1997,...
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