Contraloría - Dictamen N° 9728 2012

Procedencia de práctica profesional durante jornada laboral de funcionario público

Abstracto

Se determina la improcedencia de realizar práctica profesional durante jornada laboral por parte de un funcionario público, incluso si esta es financiada por beca, en virtud de la incompatibilidad horaria y la prohibición de usar tiempo fiscal para fines ajenos a la institución.

Resumen

  • La realización de práctica profesional por parte de un funcionario público durante su jornada laboral no está permitida, conforme a la normativa legal vigente.
  • El artículo 62, número 4, de la Ley N° 18.575 establece que resulta improcedente ocupar el tiempo de la jornada de trabajo para fines ajenos a las funciones institucionales.
  • El artículo 56, inciso segundo, de la Ley N° 18.575 declara incompatibles con la función pública las actividades particulares cuyo ejercicio deba realizarse en horarios que coincidan total o parcialmente con la jornada laboral asignada.
  • La incompatibilidad horaria impide que las actividades particulares de los empleados de la Administración Pública coincidan con la jornada de trabajo asignada.
  • Los dictámenes Nos. 39.647 y 2.360, ambos de 2011, de la Co...

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