Contraloría - Dictamen N° 13834 2012
Dirigente gremial y asignaciones de turno, urgencia y remuneraciones
Abstracto
Contraloría establece que dirigente gremial sin desempeño efectivo en turnos rotativos no tiene derecho a asignaciones de turno y urgencia, y que remuneraciones durante permisos gremiales deben ser cubiertas por la asociación.
Resumen
- El funcionario Sixto López Salazar consultó si, como dirigente gremial, podía percibir asignaciones de turno y urgencia sin realizar efectivamente las labores en sistema de turno.
- El dictamen analiza la situación de la señora Raquel Carvacho Zapata, directora de asociación de funcionarios, quien presuntamente recibía asignaciones de turno y urgencia sin ejercer dichas funciones.
- La asignación de turno, según el D.F.L. N° 1 de 2005 y el dictamen N° 1.283/2010, exige el ejercicio efectivo y permanente de los turnos rotativos que dan derecho a su otorgamiento.
- Los dirigentes gremiales que gozan de permisos de acuerdo a la ley N° 19.296 no cumplen el requisito esencial de desempeño efectivo para percibir la asignación de turno.
- La asignación de urgencia permite su disfrute únicamente...
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