Contraloría - Dictamen N° 14491 2012
Dictamen Contraloría: Habilitación para empleos públicos tras libertad vigilada
Abstracto
Contraloría establece que el cumplimiento de la libertad vigilada habilita para empleos públicos y contratación a honorarios en la Administración del Estado, salvo para FF.AA., Carabineros o Gendarmería.
Resumen
- Las Leyes N° 18.834 (art. 12, letra f) y N° 18.575 (art. 54, letra c) establecen la inhabilitación para ingresar a cargos en la Administración del Estado si existen condenas por crímenes o simples delitos.
- La prohibición para contratar a honorarios en la Administración del Estado también se aplica a personas con condenas judiciales, conforme a la Ley N° 19.896 (art. 5º, inciso octavo).
- El artículo 29 de la Ley N° 18.216 dispone que el otorgamiento de beneficios alternativos a la pena, como la libertad vigilada, a quienes no tienen condenas previas, permite la omisión de la anotación de la condena en certificados de antecedentes.
- El cumplimiento satisfactorio de medidas alternativas a la pena, como la libertad vigilada, resulta en la eliminación definitiva de antecedentes prontuaria...
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