Contraloría - Dictamen N° 15798 2012
Dictamen sobre reliquidación de pensión de retiro e inclusión de gratificación de zona
Abstracto
La Contraloría determina que ex-Suboficial no tiene derecho a reliquidar su pensión de retiro para incorporar gratificación de zona, pues el cambio de criterio interpretativo aplica solo a futuro y no afecta derechos adquiridos previamente.
Resumen
- Un ex Suboficial de Ejército solicitó la reliquidación de su pensión de retiro por inutilidad de segunda clase, con el objetivo de incorporar la gratificación de zona a su beneficio.
- La Ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, en su artículo 81, establece el derecho a una pensión de inutilidad (primera, segunda o tercera clase) para el personal que se inutilizare como consecuencia de un accidente en acto del servicio.
- El cálculo de la pensión de inutilidad de segunda clase corresponde a una suma igual al sueldo y demás asignaciones y bonificaciones de que disfruten sus similares en actividad, de igual grado y años de servicio, excluyendo el rancho.
- La resolución original que concedió la jubilación en 1997 consideró diversos componentes, incluyendo asignaciones...
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