Contraloría - Dictamen N° 48563 2012
Dictamen sobre participación utilidades ex-trabajador exonerado político CODELCO
Abstracto
La Contraloría determinó que un ex-empleado exonerado político de CODELCO no tiene derecho a reliquidar su pensión no contributiva con la participación en utilidades reclamada, ya que su desvinculación ocurrió tras la derogación de la normativa que la establecía.
Resumen
- Ernesto José Calderón Brito, ex-empleado exonerado político de CODELCO (División El Teniente), solicitó el pago del 25% de participación en utilidades o gratificaciones.
- La solicitud tenía por objeto reliquidar su pensión no contributiva, la cual le fue otorgada por gracia mediante resolución N° 3.954 de 2004, con efecto desde el 1 de diciembre de 1998.
- El fundamento de la reclamación se basaba en el artículo 51 del decreto N° 307 de 1970 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establecía dicho porcentaje de participación en utilidades.
- Dicha normativa, invocada por el ex-empleado, fue derogada por el artículo 10 del decreto ley N° 2.759, a partir del 6 de julio de 1979, fecha de publicación en el Diario Oficial.
- El cese de funciones del recurrente en CODELCO ocurrió e...
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