Contraloría - Dictamen N° 48618 2012

Requisitos municipales para duplicado de licencia de conducir según Contraloría

Abstracto

La Contraloría General determina que municipios no pueden exigir mayores requisitos que los legales para otorgar duplicado de licencia de conducir, limitándose a la acreditación de extravío o destrucción y al informe del Registro Nacional de Conductores.

Resumen

  • Solicitud de Pronunciamiento: La Municipalidad de San Miguel consultó a la Contraloría General sobre la legalidad de exigir acreditación del extravío o destrucción para otorgar un duplicado de licencia de conducir.
  • Fundamento Legal de Duplicados (Ley 18.290): El artículo 29, inciso primero, de la Ley N° 18.290 (Ley de Tránsito) dispone que los duplicados de licencia de conductor solo se pueden otorgar por extravío o destrucción total o parcial.
  • Requisito Obligatorio de Registro: Conforme al artículo 29, inciso segundo, de la Ley N° 18.290, es requisito para obtener un duplicado acompañar un informe del Registro Nacional de Conductores que certifique que la licencia original no se encuentra cancelada ni suspendida.
  • Procedimiento Específico por Destrucción Parcial: El Decreto N° 170 ...

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