Contraloría - Dictamen N° 50387 2012
Cálculo de indemnización por años de servicio para docentes traspasados a municipios
Abstracto
Dictamen de Contraloría sobre el cálculo de indemnización por años de servicio para docentes traspasados a municipios, precisando que solo computa el tiempo servido en la última entidad municipal, salvo prueba de continuidad y ausencia de beneficios previos.
Resumen
- Artículo 2º transitorio de la Ley N° 19.070, sobre Estatuto de los Profesionales de la Educación, establece los requisitos para el cálculo de la indemnización por años de servicio para los profesionales traspasados a la administración municipal.
- La indemnización por años de servicio, según el marco legal, se paga al momento del cese efectivo de funciones por causales análogas a las del artículo 3º de la Ley N° 19.010 (actualmente artículo 161 del Código del Trabajo).
- El tiempo computable para esta indemnización es aquel servido en la administración municipal hasta el 1 de julio de 1991, fecha de entrada en vigencia del Estatuto Docente.
- La interpretación de la norma sobre indemnización debe ser restrictiva, aplicándose únicamente al lapso comprendido entre la incorporación efectiva...
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