Contraloría - Dictamen N° 50639 2012
Pago de bonificación profesional a docentes en licencia médica
Abstracto
El dictamen concluye que un docente en licencia médica tiene derecho a percibir la bonificación de reconocimiento profesional, por ser esta de naturaleza remuneratoria. El pago no depende de trámites administrativos, sino de cumplir los requisitos legales, siendo el municipio el obligado a pagarla.
Resumen
- La Ley N° 20.158 estableció el pago de una bonificación de reconocimiento profesional a contar de enero de 2007 para profesionales de la educación.
- Para tener derecho a la bonificación, los profesionales de la educación deben acreditar poseer el título de profesor u otro equivalente, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por este, con un programa de estudios de a lo menos ocho semestres académicos y 3.200 horas presenciales de clases, conforme a los artículos 3° y 7° de la Ley N° 20.158.
- El artículo 38 de la Ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación, define licencia médica y prescribe que durante su vigencia los profesionales continuarán gozando del total de sus remuneraciones.
- El artículo 110 de la Ley N° 18.883, Estatuto A...
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