Contraloría - Dictamen N° 51485 2012
Aplicación del feriado 17 y 20 de septiembre a funcionarios públicos
Abstracto
La Contraloría General dictamina que el feriado del 17 o 20 de septiembre, según el caso, previsto en el artículo 35 ter del Código del Trabajo, es aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado, debido a la falta de regulación específica en sus estatutos.
Resumen
- La consulta aborda si el artículo 35 ter del Código del Trabajo, introducido por la Ley N° 20.215, que declara feriados los días lunes 17 o viernes 20 de septiembre en determinados casos, resulta extensivo a los funcionarios de la Administración del Estado.
- El artículo 35 ter del Código del Trabajo, incorporado por la Ley N° 20.215, establece que en cada año calendario, si los días 18 y 19 de septiembre caen martes y miércoles, respectivamente, o miércoles y jueves, respectivamente, será feriado el día lunes 17 o el día viernes 20 de dicho mes, según corresponda.
- El artículo 1º, inciso segundo, del Código del Trabajo establece que las normas contenidas en dicho Código no se aplicarán a los funcionarios de la Administración del Estado, centralizada y descentralizada, del Congreso Naci...
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