Contraloría - Dictamen N° 52797 2012

Contraloría General: Reliquidación de pensión no contributiva a exonerado político.

Abstracto

La Contraloría determina la reliquidación de una pensión no contributiva por gracia a un exonerado político, aplicando el artículo 28 del decreto 39/99 sobre presunción de remuneraciones y topes previsionales para fijar el monto final.

Resumen

  • El solicitante, don Juan Bautista Rivera Orellana, es un ex-trabajador de la antigua Empresa Nacional de Electricidad S.A. y calificado como exonerado político.
  • La solicitud se centró en la reliquidación de una pensión no contributiva, otorgada por gracia, para el solicitante.
  • El solicitante invocó como fundamento para su petición el artículo 27 bis del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, reglamentario de la Ley de Exonerados Políticos.
  • El Instituto de Previsión Social (IPS) había concedido originalmente un beneficio no contributivo por gracia con una suma inicial mensual de $121.632.- a contar del 1 de agosto de 2003.
  • La base de cálculo inicial de la pensión otorgada por el IPS correspondía al grado 17 de la Escala Única de Sueldos (E.U.S.).
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