Contraloría - Dictamen N° 52962 2012
Dictamen Contraloría sobre normativa aplicable a la actividad estética
Abstracto
La Contraloría General informa que el Decreto N° 88/1980 regula las actividades de cosmetología, exigiendo examen de competencia, y confirma la ausencia de nuevos reglamentos procesados por esta entidad sobre la materia.
Resumen
- Marco Legal General para el Ejercicio de Profesiones de la Salud: El artículo 112, inciso primero, del Código Sanitario estipula que únicamente aquellos que posean el título profesional respectivo, otorgado por universidades chilenas o reconocidas por el Estado, pueden ejercer actividades de medicina, odontología, química y farmacia, u otras relacionadas con la salud.
- Autorización Sanitaria para Profesiones Auxiliares: El artículo 112, inciso segundo, del Código Sanitario autoriza el ejercicio de profesiones auxiliares de las indicadas en el inciso anterior, siempre que cuenten con la autorización de la autoridad sanitaria, la cual se definirá mediante reglamento que establecerá las profesiones, condiciones y forma de habilitación.
- Reglamento Específico para Actividades de Cosmetolog...
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