Contraloría - Dictamen N° 53821 2012
Protección Fuero Maternal Impide Término de Contrato sin Autorización Judicial
Abstracto
La Contraloría ordenó la reincorporación de una funcionaria y el pago de remuneraciones adeudadas al constatarse que su despido ocurrió estando amparada por fuero maternal, sin autorización judicial previa.
Resumen
- El artículo 201, inciso primero, del Código del Trabajo establece que la trabajadora embarazada y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad, goza de fuero laboral, lo que impide al empleador poner término al contrato sin previa autorización del juez competente.
- El inciso cuarto del artículo 201 del Código del Trabajo señala que si el término del contrato se dispuso en contravención al fuero maternal, por ignorancia del estado de embarazo, dicha medida quedará sin efecto.
- En caso de término de contrato contrario al fuero maternal, la empleada deberá ser reincorporada a su trabajo mediante la sola presentación del certificado médico o de matrona, sin perjuicio del derecho a remuneración por el tiempo de ausencia indebida, siempre que no hubiera tenido derecho a subsidi...
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