Contraloría - Dictamen N° 55485 2012

Pago de licencia médica: Responsabilidad del empleador público y flujo de fondos

Abstracto

Dictamen que aclara que el pago de remuneraciones de funcionarios públicos en licencia médica corresponde al servicio empleador, el cual debe recibir los fondos de la institución de salud previsional sin irregularidades.

Resumen

  • Un funcionario del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) consultó sobre la recepción del pago de su licencia médica, indicando que la institución de salud previsional envió los recursos a su empleador en lugar de a él.
  • El artículo 153 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, dispone que el personal afecto a la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, tiene derecho a la mantención del total de sus remuneraciones durante el goce de licencia médica.
  • Según el mismo artículo 153, el pago de las remuneraciones correspondientes a la licencia médica corresponde al servicio o institución empleadora.
  • La Ley N° 18.834 rige a los funcionarios públicos como los del INDAP, y es aplicable en este caso por mandato del artículo 12 de la Ley N° 18.910.
  • El a...

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