Contraloría - Dictamen N° 55950 2012
Dictamen Contraloría sobre asistencia social a personal a honorarios municipales
Abstracto
Contraloría establece que municipios pueden otorgar asistencia social a personal a honorarios si se acreditan condiciones de carencia, sin estipularlo contractualmente, y respetando la probidad administrativa y la igualdad de trato.
Resumen
- Los municipios están facultados por el artículo 4°, letra c), de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, para desarrollar funciones de asistencia social en su territorio.
- La función municipal de asistencia social busca paliar las dificultades de personas en situación de 'indigencia' o 'necesidad manifiesta'.
- Se define 'estado de indigencia' como la carencia absoluta y permanente de medios de subsistencia.
- Se define 'necesidad manifiesta' como una carencia relativa e inmediata de medios, de carácter transitorio, frente a un imprevisto.
- La municipalidad debe evaluar las condiciones de los solicitantes de asistencia social mediante informes sociales objetivos, priorizando a los habitantes de la comuna.
- La existencia de un vínculo contractual a honorarios con ...
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