Contraloría - Dictamen N° 59313 2012
Calificaciones en Carabineros de Chile no son impugnables ante General Director.
Abstracto
Este dictamen determina que las calificaciones del personal de Carabineros, emitidas por juntas calificadoras con potestad desconcentrada, no son reclamables ante el General Director, pues dichos órganos carecen de superior jerárquico.
Resumen
- Un exfuncionario de Carabineros de Chile solicitó un pronunciamiento para determinar si el General Director de la institución está facultado para revisar su calificación en la Lista N° 4, de Eliminación.
- La repartición consultada manifestó que la calificación no es reclamable ante esa superioridad, ya que los órganos evaluadores, en el ejercicio de sus funciones, carecen de superior jerárquico.
- Se señala que la potestad de las juntas calificadoras de Carabineros de Chile es desconcentrada, atribuida directamente por el artículo 20 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile.
- Cuando se radican determinadas facultades en organismos distintos de la autoridad máxima del servicio, como ocurre con las juntas c...
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