Contraloría - Dictamen N° 1115 2013
Dictamen Contraloría sobre horas extraordinarias y subsidios por licencia médica
Abstracto
La Contraloría General determina que el personal no médico no puede percibir horas extraordinarias, pero declara ilegal el cobro de diferencias entre remuneración y subsidio a un exfuncionario durante licencia médica.
Resumen
- El Estatuto del Personal de Carabineros, en su artículo 46, letra u), del DFL N° 2 de 1968, establece que las horas extraordinarias solo corresponden a médicos y paramédicos que presten servicios en guardias médicas del Hospital de Carabineros.
- El personal contratado por resolución, como el recurrente que desempeñaba funciones de estafeta, no tiene derecho a percibir horas extraordinarias según la normativa aplicable.
- La Contraloría General ha sostenido consistentemente que el derecho a horas extraordinarias está restringido al personal médico y paramédico del Hospital de Carabineros.
- Durante el período de licencia médica, los funcionarios tienen derecho a percibir íntegramente sus remuneraciones.
- El artículo 6° de la Ley N° 18.458 faculta al organismo empleador a solicitar la re...
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