Contraloría - Dictamen N° 160 2013
Contraloría General se abstiene de pronunciarse sobre inhabilidad de candidato
Abstracto
La Contraloría General se abstiene de emitir pronunciamiento jurídico sobre la inhabilidad de un candidato a alcalde, al corresponder dicha competencia al tribunal electoral regional, conforme a la normativa vigente y su propia jurisprudencia.
Resumen
- Una ciudadana impugnó el proceso eleccionario para alcalde de La Pintana, alegando que el reelegido alcalde estaba inhabilitado por condena previa y había infringido el principio de probidad administrativa.
- El artículo 119 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece que el escrutinio general y la calificación de las elecciones municipales son de competencia de los tribunales electorales regionales (TER).
- Los TER ejercen, en lo aplicable, todas las facultades del Tribunal Calificador de Elecciones, de acuerdo con los Títulos IV y V de la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
- El artículo 10 de la Ley N° 18.593, de los Tribunales Electorales Regionales, dispone que sus resoluciones sobre calificaciones y reclama...
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