Contraloría - Dictamen N° 2417 2013

Invalidación de ascenso póstumo en Carabineros por extemporaneidad

Abstracto

La Contraloría determinó que no procede invalidar un acto administrativo que otorgó un ascenso póstumo en Carabineros, por haberse presentado la solicitud fuera del plazo legal de dos años.

Resumen

  • El artículo 29, inciso segundo, de la ley N° 18.961 permite al General Director disponer ascensos extraordinarios del personal de nombramiento institucional.
  • Dicha facultad de ascenso extraordinario se concede para premiar acciones de excepcional abnegación o como reconocimiento póstumo.
  • En casos de fallecimiento en cumplimiento del deber, la promoción puede ordenarse hasta el grado de Suboficial Mayor.
  • El otorgamiento del ascenso extraordinario constituye una facultad discrecional de la superioridad, inferida del uso del término 'podrá'.
  • La facultad para realizar promociones extraordinarias es especial y solo puede ser ejercida en una ocasión, agotándose tras su uso.
  • El señor Jorge Enrique Abarca Barrios fue promovido póstumamente al grado de Suboficial mediante resolución N° ...

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