Contraloría - Dictamen N° 2559 2013
Procedencia de asignación de dirección superior para alcalde subrogante municipal
Abstracto
La Contraloría General determina la improcedencia de que un alcalde subrogante perciba la asignación de dirección superior durante su período, basándose en la interpretación de normativas y jurisprudencia administrativa aplicable.
Resumen
- Solicitud de pronunciamiento de un alcalde sobre la procedencia de percibir la asignación de dirección superior como alcalde subrogante durante un período eleccionario.
- La asignación de dirección superior está contemplada en el artículo 69 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, modificado por la Ley N° 20.033.
- El artículo 107, inciso tercero, de la Ley N° 18.695 regula la subrogación de alcaldes que postulan a su reelección, cubriendo el período desde treinta días antes de la elección hasta el día siguiente a ella.
- La asignación de dirección superior tiene el carácter de renta, es imponible y tributable, y equivale al 100% de la suma del sueldo base y la asignación municipal.
- El artículo 80 de la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios M...
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