Contraloría - Dictamen N° 350 2013

Pago de estipendios en contratos a honorarios: Ejecución de labores y firma.

Abstracto

La Contraloría determina que se deben pagar estipendios por labores ejecutadas en contratos a honorarios, incluso sin firma, aplicando el principio de enriquecimiento sin causa. Desestima reclamo por acoso laboral por falta de pruebas.

Resumen

  • Las personas que prestan servicios a la Administración bajo la modalidad de honorarios no poseen la calidad de funcionarios públicos.
  • La norma principal que regula las relaciones entre quienes prestan servicios a la Administración con honorarios y esta es el propio convenio suscrito.
  • La reclamante suscribió un primer contrato a honorarios y un segundo contrato para el cual, si bien no estampó su firma, ejecutó efectivamente las labores convenidas.
  • La Contraloría ha sostenido que, aun cuando no se hubiere firmado el respectivo convenio, igualmente deben pagarse los honorarios por todo el tiempo en que se prestaron efectivamente los servicios, en virtud del principio de enriquecimiento sin causa (Dictámenes Nos. 44.427/2011 y 43.368/2012).
  • Corresponde pagar a la reclamante los hono...

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