Contraloría - Dictamen N° 4486 2013
Revisión de pensión no contributiva extemporánea según Ley 19.260
Abstracto
Contraloría General determina que solicitud de revisión de pensión no contributiva es extemporánea, ya que el plazo de tres años para ejercerla ha vencido según artículo 4° de la Ley 19.260.
Resumen
- Se analiza la solicitud de revisión de una pensión no contributiva, otorgada por gracia a un ex-onerado político, fundamentada en que su monto no se condice con remuneraciones percibidas previamente.
- La pensión fue concedida mediante resolución del ex Ministerio del Interior en el año 2002, con efecto retroactivo al 1 de septiembre de 1999.
- El artículo 4º, inciso tercero, de la Ley N° 19.260 establece que las pensiones de vejez, invalidez y jubilación son revisables de oficio o a petición de parte, ante comprobación de diferencias en cómputos de afiliación o servicios, en remuneraciones imponibles, o por errores de cálculo o de hecho en la liquidación.
- Sin embargo, el artículo 4º, inciso cuarto, de la misma ley, limita el ejercicio de esta revisión a un plazo de tres años, contado ...
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