Contraloría - Dictamen N° 5246 2013
Procedencia de bono a alcalde suspendido de funciones por subrogación
Abstracto
Dictamen determina que el bono no imponible de Ley N° 20.624 procede para alcaldes suspendidos de funciones, pues su naturaleza no remuneratoria exime la aplicación de la regla general de suspensión de pago.
Resumen
- Se consulta sobre la procedencia de pagar el bono contemplado en el artículo 2º de la Ley N° 20.624 a un alcalde titular que se encontraba suspendido de sus funciones a la fecha del respectivo pago.
- El bono en cuestión, otorgado por la Ley N° 20.624 (que modifica el D.L. N° 3.551 de 1981), tiene carácter de no imponible ni tributable.
- Dicho bono equivale a las diferencias mensuales entre remuneraciones brutas permanentes y el monto efectivamente percibido, y debía pagarse en una sola cuota con las remuneraciones de octubre de 2012.
- La Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en sus artículos 62 y 107, y modificada por la Ley N° 20.527, regula la subrogación del alcalde titular durante el período de postulación a reelección o elección de concejal.
- El período de s...
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