Contraloría - Dictamen N° 5853 2013
Contraloría: Celeridad Mineduc en respuesta a denuncias bajo ley 19.880
Abstracto
Contraloría establece que Mineduc incurrió en dilación injustificada al responder una denuncia, señalando que, si bien no estaba obligada a iniciar un procedimiento formal, debe garantizar la celeridad administrativa.
Resumen
- Una "denuncia" se define como un documento que notifica a la autoridad competente sobre la comisión de un delito o una falta.
- La Administración del Estado debe determinar, en base a los antecedentes de que disponga, si procede dar inicio a un procedimiento administrativo y ordenar los actos de instrucción pertinentes.
- La presentación cursada al Ministerio de Educación, calificada como denuncia, no obligaba a dicha Secretaría de Estado a iniciar un procedimiento administrativo formal con sujeción a la Ley N° 19.880.
- La Ley N° 19.880 regula el procedimiento administrativo, que puede iniciarse de oficio, por orden superior, por petición de otros órganos o por denuncia, conforme a su artículo 29.
- Antes de acordar la iniciación de un procedimiento administrativo, el órgano competente ...
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