Contraloría - Dictamen N° 6994 2013
Derecho a asignaciones por permisos gremiales de directores de asociaciones de funcionarios
Abstracto
Los directores de asociaciones de funcionarios que utilizan permisos gremiales no tienen derecho a percibir asignaciones de turno, urgencia y bonificación trimestral, ya que estas exigen el desempeño efectivo y permanente de las labores que las originan.
Resumen
- El Servicio de Salud Coquimbo solicitó la reconsideración de un informe de la Contraloría Regional de Coquimbo que concluyó que una empleada, en su calidad de Presidenta de una federación de funcionarios de salud, no tenía derecho a percibir asignaciones de turno, urgencia y bonificación trimestral mientras se ausentó de sus labores en uso de permisos gremiales.
- La petición se fundamenta en los artículos 31 y 59 de la Ley N° 19.296, que establecen que el tiempo de ausencia para cumplir funciones gremiales se entenderá trabajado para todos los efectos, manteniendo el derecho a remuneración.
- Las asignaciones de turno, urgencia y bonificación extraordinaria trimestral se encuentran contempladas en normativas específicas, incluyendo el artículo 94 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2...
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