Contraloría - Dictamen N° 785 2013
Contraloría aclara competencia para otorgar licencias de buzo profesional
Abstracto
La Contraloría aclara que la incompatibilidad del artículo 56 de la ley 18.575 no aplica a funcionarios de la Armada para obtener licencias de buzo profesional, pues DIRECTEMAR es el órgano competente.
Resumen
- Un ex funcionario de la Armada de Chile solicitó la aclaración sobre el otorgamiento de licencias de buzo profesional, considerando la posible incompatibilidad con el artículo 56 de la ley N° 18.575.
- Un oficio previo de la Contraloría Regional de Valparaíso (N° 10.347, 2011) había indicado que la entrega de licencias de buzo profesional por parte de la DIRECTEMAR al personal de la Armada no se ajustaba a la normativa vigente.
- El inciso primero del artículo 56 de la ley N° 18.575 establece que los funcionarios públicos tienen derecho a ejercer cualquier profesión, industria, comercio u oficio conciliable con su posición, siempre que no se perturbe el cumplimiento de sus deberes.
- El inciso segundo del artículo 56 de la ley N° 18.575 considera incompatibles las actividades particulare...
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