Contraloría - Dictamen N° 963 2013
Aplicación del aumento de feriado a funcionarios de la XV Región
Abstracto
Dictamen aclara que funcionarios públicos en la XV Región de Arica y Parinacota mantienen derecho a aumento de feriado, interpretando el artículo 106 de la ley 18.834 bajo la ley 20.175.
Resumen
- El artículo 106 de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, otorga a los funcionarios públicos que residen en determinadas regiones un aumento de su feriado legal en cinco días hábiles.
- Según lo dispuesto por el artículo 106 de la Ley N° 18.834, el beneficio de aumento de feriado se aplicaba a funcionarios en las regiones de Tarapacá, Antofagasta, Aisén, Magallanes, y en las provincias de Chiloé y Palena.
- La Ley N° 20.175 creó la XV Región de Arica y Parinacota, incorporando a ella las provincias de Arica y Parinacota, que previamente formaban parte de la I Región de Tarapacá.
- El artículo 11 de la Ley N° 20.175 establece que las normas legales que aludan conjuntamente a las provincias de Arica y Parinacota se entenderán referidas a la XV Región de Arica y Parinacota.
- Adic...
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