Contraloría - Dictamen N° 10841 2013
Dictamen: Cálculo de renta para funcionarios en vivienda fiscal
Abstracto
Este dictamen aclara que la renta a pagar por funcionarios que ocupan vivienda fiscal se calcula sobre el 10% del sueldo base, no sobre la remuneración total, según lo dispuesto en la ley 18.834.
Resumen
- La consulta se refiere a la determinación de la base de cálculo de la renta que deben pagar los funcionarios que ocupan una vivienda fiscal o del servicio a que pertenecen.
- El artículo 91, incisos segundo y tercero, de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece que el funcionario que no esté obligado por sus funciones a habitar la casa habitación destinada al servicio, tendrá derecho a que le sea cedida, siempre que él o su cónyuge no sean propietarios de una vivienda en la localidad.
- En los casos que cumplen las condiciones del artículo 91 de la Ley N° 18.834, el funcionario pagará una renta equivalente al diez por ciento del sueldo asignado al cargo.
- El artículo 3, letra d), de la Ley N° 18.834 define 'sueldo' como la retribución pecuniaria, de carácter fijo y por...
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