Contraloría - Dictamen N° 13219 2013
Pago honorarios asesor jurídico municipal y prescripción de acción de cobro
Abstracto
Contraloría determina que municipalidad debe pagar honorarios a asesor jurídico por servicios prestados hasta agosto de 2010, pues las gestiones de cobro interrumpieron la prescripción de la acción.
Resumen
- Un exconcejal cuestionó el pago de honorarios a un abogado municipal, alegando contratación irregular y prescripción de la acción de cobro.
- Los prestadores de servicios a honorarios en Municipalidades se rigen por su contrato, no por el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, según lo dispone el artículo 4º, inciso tercero, de la ley N° 18.883.
- Los derechos y obligaciones recíprocos entre la Administración Municipal y los prestadores de servicios a honorarios están subordinados a las cláusulas acordadas contractualmente.
- El Código Civil establece que la acción de cobro de lo adeudado prescribe en el plazo de dos años, según su artículo 2521.
- El plazo de prescripción de la acción de cobro se inicia a contar desde que la obligación se hizo exigible, conforme al artíc...
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