Contraloría - Dictamen N° 13233 2013
Dictamen Contraloría sobre salud irrecuperable de funcionarios y pensiones
Abstracto
Este dictamen aclara que la declaración de salud irrecuperable de funcionarios públicos, afiliados a AFP, debe ser resuelta por la Comisión Médica competente, determinando el proceso para su retiro, vacancia y eventual pensión, conforme a la normativa vigente.
Resumen
- La declaración de irrecuperabilidad de la salud de los funcionarios públicos afiliados a administradoras de fondos de pensiones (AFP) es competencia de la Comisión Médica pertinente, conforme al Artículo 112 de la Ley N° 18.834.
- El funcionario cuya salud es declarada irrecuperable debe retirarse de la Administración dentro de seis meses desde la notificación de la resolución; de no hacerlo, procederá la declaración de vacancia de su cargo, según lo dispuesto en el Artículo 152 de la Ley N° 18.834.
- Para solicitar la declaración de invalidez, los interesados deben dirigirse a su Administradora de Fondos de Pensiones o al Instituto de Previsión Social, quienes requerirán la calificación de la Comisión Médica correspondiente a la región de su trabajo, de acuerdo al Artículo 22, inciso pr...
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