Contraloría - Dictamen N° 13622 2013

Dictamen sobre ejercicio de profesión de auxiliar enfermería colombiano en Chile

Abstracto

Contraloría establece que auxiliares de enfermería colombianos con títulos registrados en Chile no requieren revalidación para ejercer su profesión, aplicando la Ley N° 3.860.

Resumen

  • Un ciudadano colombiano con título técnico de auxiliar de enfermería, otorgado en su país y registrado en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, no requiere un certificado de reconocimiento adicional para ejercer dicha profesión en Chile.
  • La Ley N° 3.860 aprueba la Convención sobre Canje de Títulos con Colombia, permitiendo a los nacionales de ese país ejercer libremente en Chile la profesión u oficio para el cual estén habilitados por título o diploma.
  • Para la aplicación de la Ley N° 3.860, el título o diploma debe ser emitido por la autoridad competente, visado por el Ministro o Cónsul del país de origen y registrado en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
  • Los certificados de estudios emitidos por establecimientos oficiales en Chile o Colombia producen en el...

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