Contraloría - Dictamen N° 8315 2013
Rehabilitación administrativa de exfuncionarios: Facultad privativa del Presidente de la República.
Abstracto
La Contraloría General determina que la rehabilitación administrativa de exfuncionarios destituidos es una facultad privativa y discrecional del Presidente de la República, la cual puede ser denegada incluso transcurridos cinco años desde el cese.
Resumen
- Rolando Mesías Santibáñez, exfuncionario del Ministerio de Educación, reclamó ante la Contraloría General por el rechazo a su solicitud de rehabilitación administrativa.
- El recurrente argumentó que, transcurridos cinco años desde su cese, el Presidente de la República carecía de facultad para denegar la rehabilitación.
- El exfuncionario fue destituido mediante la resolución N° 228, de 2002, de la Subsecretaría de Educación, configurándose una medida disciplinaria.
- La Ley N° 18.834, en su artículo 12, letra e), impide el reingreso a la Administración de quienes cesaron por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la expiración de funciones.
- La Ley N° 10.336, artículo 38, letra f), exige un decreto supremo de rehabilitación para dar curso a nombrami...
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