Contraloría - Dictamen N° 9901 2013

Dictamen: Improcedencia de reliquidar pensión de Gendarmería en Caja Defensa Nacional.

Abstracto

Se determina que un funcionario de Gendarmería de Chile no puede enterar cotizaciones en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional para reliquidar su pensión de retiro, ya que la institución no depende del Ministerio de Defensa ni cumple excepciones legales.

Resumen

  • La Contraloría General emitió pronunciamiento a solicitud del Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional sobre si don Walter Gabriel Barra Medina, funcionario de Gendarmería de Chile pensionado, podía enterar sus cotizaciones en dicha Caja por servicios prestados como a contrata desde el 7 de febrero de 2012, para reliquidar su beneficio de retiro.
  • La Ley N° 18.458, publicada el 11 de noviembre de 1985, estableció que los regímenes previsionales y de desahucio que regula, incluyendo el del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968 (Estatuto del Personal de Carabineros de Chile), solo regirían respecto de personas específicas, no mencionando a los funcionarios de Gendarmería de Chile.
  • El artículo 10 de la Ley N° 18.458 dispone que los pensionados de la Caja ...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora