Contraloría - Dictamen N° 17203 2013
Contraloría: Jurisdicción Limitada ante Procesos Judiciales y Conductas Privadas
Abstracto
La Contraloría General se inhibe de pronunciarse sobre impugnaciones ambientales y dádivas si la materia es judicializada o involucra a particulares, por prohibición legal y falta de competencia.
Resumen
- La Contraloría General de la República no puede informar ni intervenir en asuntos sometidos o resueltos por tribunales de justicia, según el artículo 6º, inciso tercero, de la Ley Nº 10.336.
- La prohibición de intervención de la Contraloría se activa cuando la controversia judicial, como la presentada por la Comunidad Indígena Inalafken sobre la evaluación ambiental de proyectos, ha sido resuelta por las Cortes de Apelaciones y Suprema.
- El Convenio Nº 169 de la OIT y el Decreto Nº 124/2009 regulan la obligación de consultar a los pueblos indígenas en Chile sobre medidas administrativas que les afecten.
- El procedimiento de evaluación de impacto ambiental (Ley Nº 19.300) incluye mecanismos de participación e impugnación que deben respetarse, sin alteración de su secuencia procesal.
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