Contraloría - Dictamen N° 18276 2013
Integración de Junta Calificadora en Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente
Abstracto
El dictamen establece que la Junta Calificadora de un Servicio de Salud debe integrarse con los cinco funcionarios de mayor jerarquía de la planta de la institución, independientemente de su desempeño en hospitales de la red asistencial, determinando jerarquía por cargo o nivel remuneratorio.
Resumen
- La composición de las Juntas Calificadoras en servicios descentralizados regionales se rige por el artículo 35 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
- Dichas Juntas deben ser integradas por los cinco funcionarios de más alto nivel jerárquico, excluyendo al Jefe Superior, además de un representante del personal a calificar.
- La determinación de los niveles jerárquicos superiores se basa en el sentido general del concepto de jerarquía, sin importar la estructura interna de la entidad, la naturaleza de la función ni la dependencia directa del jefe superior.
- Este criterio interpretativo sobre jerarquía está respaldado por la jurisprudencia administrativa previa, incluyendo dictámenes como el N° 44.175/1999.
- La jerarquía de los funcionarios para integrar las Juntas Califica...
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