Contraloría - Dictamen N° 35927 2013
Interpretación del concepto de equipamiento social en Ley N° 20.563.
Abstracto
La Contraloría aclara que el concepto de equipamiento social en la Ley N° 20.563, para fines de regularización, incluye a los templos religiosos, a diferencia de interpretaciones previas de DDU y SEREMI.
Resumen
- El Arzobispado de Santiago solicitó un pronunciamiento para determinar si el concepto de 'equipamiento social' bajo la Ley N° 20.563 comprende a los templos religiosos, ante el rechazo de regularización por parte de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Puente Alto.
- La División de Desarrollo Urbano (DDU) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, mediante oficio N° 181 de 2012, interpretó que los 'centros de actividades religiosas' mencionados en la Ley N° 20.563 se refieren a actividades complementarias al culto, no al culto en sí, pudiendo incluir salas de reunión o de actividades.
- La Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) Metropolitana de Vivienda y Urbanismo ratificó el criterio de la DDU respecto a la interpretación del concepto de equipamiento social.
- La Ordenanza General...
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