Contraloría - Dictamen N° 38752 2013

Competencia para el control sanitario de dependencias de Carabineros de Chile

Abstracto

El dictamen establece que el control sanitario de las dependencias de Carabineros de Chile corresponde a su Dirección de Salud interna, y no a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, por aplicación de jurisprudencia previa.

Resumen

  • La solicitud central de la Contraloría Regional de La Araucanía se basó en una presentación del Jefe de la IX Zona de Carabineros Araucanía, consultando la improcedencia de que la Secretaría Regional Ministerial de Salud realizara fiscalizaciones o controles sanitarios en los cuarteles de Carabineros.
  • Se invocó jurisprudencia previa, particularmente los dictámenes Nºs. 11.776 de 1971 y 80.582 de 2011, para sostener que el control sanitario de las dependencias institucionales de Carabineros corresponde a su propia Dirección de Salud.
  • La Ley Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile (N° 18.961), en su artículo 1°, define a la institución como técnica y militar, integrante de la fuerza pública, cuya finalidad es garantizar y mantener el orden público y la seguridad pública interio...

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