Contraloría - Dictamen N° 40238 2013
Interpretación sobre revisión técnica de vehículos de Fuerzas Armadas y de Orden
Abstracto
La Contraloría General aclara que solo los vehículos de uso exclusivo militar o policial están exentos de revisión técnica; otros vehículos de las FF.AA. y de Orden deben cumplirla.
Resumen
- La Comandancia en Jefe del Ejército de Chile solicitó un pronunciamiento sobre la aplicación del artículo 2º, inciso segundo, del decreto N° 167, de 1984, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Reglamenta Revisiones Técnicas y Plantas Revisoras.
- El artículo 2º, inciso segundo, del decreto N° 167, de 1984, establece que “Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Orden, no requerirán de revisión técnica efectuada en Planta Revisora, y podrán ser certificados en su estado mecánico, por las propias instituciones a que pertenezcan”.
- El decreto N° 167, de 1984, fue emitido considerando lo dispuesto en los artículos 94 y 95 de la Ley de Tránsito N° 18.290.
- El artículo 94 de la Ley de Tránsito N° 18.290 establece que las Municipalidades no otorgarán permisos ...
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