Contraloría - Dictamen N° 42422 2013
Pago gastos médicos por accidente de servicio de exfuncionario PDI
Abstracto
La Contraloría determinó que la obligación de pagar gastos médicos por accidente de servicio cesa con el alta médica, aun cuando ocurra antes del cese de funciones, negando la continuidad del pago reclamada por un exfuncionario de la PDI.
Resumen
- Un exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) solicitó el pago de gastos médicos posteriores a su cese laboral, originados por un accidente en acto de servicio.
- El artículo 114, inciso tercero, del Estatuto del Personal de la PDI (DFL N° 1/1980) confiere al empleado accidentado en acto de servicio el derecho a la cobertura fiscal de sus gastos médicos para su recuperación hasta el alta.
- La Contraloría General ha interpretado que la obligación de cubrir gastos médicos derivados de accidentes de servicio subsiste aun después de la expiración de la relación laboral, hasta que se otorgue el alta médica.
- Una Comisión Médica declaró al peticionario "apto" mediante resolución de 14 de abril de 2003, lo que, conforme al criterio de la Contraloría (Oficio N° 20.154/2013),...
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