Contraloría - Dictamen N° 42540 2013
Dictamen sobre silencio positivo y responsabilidades en procedimientos de acreditación
Abstracto
Se determina que no procede el silencio positivo en procedimientos ante la CNA iniciados por derecho de petición sin resolución oportuna, operando silencio negativo, y que se vulneraron principios de celeridad y conclusividad, siendo aplicable la exigencia de responsabilidades administrativas.
Resumen
- Se consultó sobre la procedencia del silencio positivo en un procedimiento de autorización ante la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) para ampliar actividades, y sobre la aplicabilidad del artículo 17, letra g) de la ley N° 19.880 para establecer responsabilidades administrativas por demoras.
- La CNA argumentó que el incumplimiento constante de entrega de información por parte del solicitante le impidió analizar la solicitud, y sostuvo que la Administración no está, en principio, supeditada a plazos determinados.
- La ley N° 20.129, que regula el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, establece la función de la CNA de pronunciarse sobre solicitudes de autorización de agencias acreditadoras y supervisar su funcionamiento.
- La ley N° 20.129 no esta...
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