Contraloría - Dictamen N° 44154 2013
Cobranza derechos aseo domiciliario para inmueble desocupado
Abstracto
Contraloría determina que la desocupación de un inmueble no exime del pago de derechos de aseo domiciliario, salvo que se cumplan requisitos específicos de ordenanza o bajo avalúo fiscal.
Resumen
- Obligación de pago de derechos de aseo domiciliario: Los municipios deben cobrar una tarifa anual por el servicio de aseo domiciliario a todos los usuarios, conforme a los artículos 6º y 7º del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.
- Exenciones al derecho de aseo: El artículo 7º del Decreto Ley N° 3.063 permite a las municipalidades rebajar o eximir el pago de la tarifa de aseo, ya sea individualmente o por unidades territoriales, a usuarios que, en atención a sus condiciones socioeconómicas, lo ameriten y según indicadores establecidos en ordenanzas locales.
- Exención automática por avalúo fiscal: El mismo artículo 7º, en su inciso cuarto, contempla la exención automática del pago para viviendas o unidades habitacionales que tengan un avalúo fiscal igual o inferior a...
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